¿Una organización criminal?
A la vista de las últimas revelaciones de corrupción de al menos tres cargos del Partido Socialista Obrero Español podría pensarse que este partido es una organización criminal en los términos del artículo 570bis del Código Penal: “agrupación formada por más de dos personas con carácter estable o por tiempo indefinido, que de manera concertada y coordinada se repartan diversas tareas o funciones con el fin de cometer delitos”. Sin embargo, es improbable que la Justicia acabe resolviendo la disolución de este partido político en virtud del artículo 570quáter por considerarlo una organización criminal. Como mucho se llegará a la conclusión que ha existido un grupo criminal dentro del PSOE. La diferencia entre organización y grupo criminal se encuentra en la permanencia temporal, la complejidad de su estructura y la existencia de jerarquización. Y aunque recurramos a la historia para documentar otros casos de corrupción del PSOE: Filesa, el hermano de Guerra, Aida Álvarez/Ave, los ERES, Tito Berni…, es muy difícil probar que todos ellos obedecen a una misma instrucción común. Podría entenderse que el caldo de cultivo es el mismo, pero los ingredientes son diferentes. Todo esto hace que el lema “100 años de honradez” sea un mal chiste.
También se podría atribuir responsabilidad penal al PSOE como persona jurídica, tal y como se prevé en el artículo 30bis del Código Penal. La responsabilidad penal de las personas jurídicas introducida en el año 2010 como novedad en el Código Penal imputan responsabilidad penal cuando se cometen delitos por parte de los representantes legales y administradores en nombre o por cuenta de la persona jurídica, en este caso el PSOE. La responsabilidad también alcanza al partido cuando el delito se haya cometido por subordinados y se han incumplido los deberes de supervisión y vigilancia que tienen los dirigentes. Si que hay responsabilidad penal de la organización, cuando a instancia de sus superiores el empleado ha realizado actividades ilícitas como puede ser entre otras, el blanqueo de capitales (art. 302), el cohecho (art. 427) o el tráfico de influencias (art. 430) que han redundado en beneficio del propio partido. Las penas a las personas jurídicas (art. 33.7) van desde multas, inhabilitación para obtener dinero público, la suspensión de la actividad hasta 5 años o, la disolución de la persona jurídica. El partido político se puede zafar de esa responsabilidad si consigue probar que tiene un mecanismo de control interno para prevenir y combatir la corrupción y, no se ha realizado por dirigentes del partido. Algo difícil de argumentar cuando se encuentran implicados 2 secretarios de organización del PSOE, uno de ellos en prisión provisional.
Los partidos políticos y, en particular el PSOE, más que ser cauce “para la formación y manifestación de la voluntad popular e instrumento fundamental para la participación política” (art. 6 de la Constitución) se han convertido en instrumentos de alineación política, cancerberos del poder, agencia de colocación de sus afiliados y amigos, maquinarias de propaganda y, “cla” (aplaudidores) de su líder.
Los partidos políticos viven en permanente campaña electoral. Se han trasformado en organizaciones con gran poder orientadas a ganar elecciones o, mejor dicho, a obtener el poder. Su maquinaria está volcada en gestionar la imagen, en construir historias o en preparar mensajes dirigidos a machacar a los rivales. La búsqueda de soluciones a los problemas del país y el bien común pasa a un segundo plano y, si acaso, se emplea como referencia o como logro en la lucha política.
Sus afiliados y simpatizantes presentan rasgos similares a los seguidores de un equipo de fútbol con todas sus variantes de mero seguidor, afiliado o “hooligan”. Con la diferencia que los partidos políticos van a premiar la fidelidad con un puesto en la propia organización -desde administrativo a dirigente, pasando por un escaño en una cámara legislativa-, saltándose a la torera el mérito y capacidad. La “colocación” del fiel puede producirse en organizaciones públicas o privadas a donde llegue la influencia del partido: desde la dirección de empresas públicas a puestos de trabajo en los que no hay que ir ni a trabajar, solo a cobrar. Esta es la razón de la baja calidad media de los políticos españoles: han medrado por su fidelidad al partido o al líder, no por su experiencia o preparación. ¿Cuál es el porcentaje de los parlamentarios españoles que solo han trabajado en la política? Los dos últimos presidentes del gobierno del PSOE no han trabajado sustancialmente fuera de la política.
Ni la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos, ni Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos han conseguido limitar la ferocidad financiera y contener el poder de unas organizaciones que tienen tendencia a controlar a toda la sociedad: desde asociaciones de consumidores, medios de comunicación, empresas públicas, Tribunal de Cuentas, Consejo General del Poder Judicial…, aunque quizás estemos desenfocando el problema. Es posible que el partido solo sea la correa de transmisión de la corrupción que se encuentra en la cabeza del poder, pero en todo caso es un instrumento de corrupción.
Si queremos que mejore la calidad democrática en España deberemos actuar en varios frentes. Se debe contener el poder de los partidos políticos y sus dirigentes, fundamentalmente limitando su influencia en la designación de sus acólitos en los puestos de responsabilidad y decisión del Estado, las Comunidades Autónomas, entidades locales, empresas públicas o privadas. Deben crearse mecanismos que garanticen el mérito y la capacidad y, en el proceso de selección eliminen a los candidatos sectarios o que han tenido cargos -las puertas giratorias-.
Hay que proteger y garantizar un ámbito de libertad de los representantes del pueblo español que no pueden someterse al mandato imperativo del partido político. Debe establecerse la transparencia del partido político, de sus fundaciones y grupos adheridos y, por supuesto de sus grupos parlamentarios. No olvidemos que es necesario un partido moderado de izquierda capaz de imponer el interés general al interés del partido o de su líder, no una organización criminal.

