Hoy no podemos callarnos. Stop a la Ley Celaa

Editorial

Llevamos unos cuantos días oyendo hablar de la ley orgánica de modificación de la ley orgánica de educación (LOMLOE, llamada popularmente “Ley Celaá”) aprobada por el Pleno del Congreso de los Diputados el pasado 19 de noviembre, ahora pendiente de la tramitación en el Senado. Algunos no la han leído hasta hace dos días, como quien dice. Otros llevan años luchando contra esto. Y otros luchando por imponer un sistema educativo autoritario, como el que prevé. 

Hoy no podemos callarnos porque no es una ley clara, que vaya “de frente”. En la Exposición de Motivos no justifica, ni siquiera someramente, ni una sola de las medidas concretas. Menos aún las modificaciones introducidas vía enmienda en la Comisión del Congreso. De hecho, hay muchos que dicen que no es cierto que se introduzcan medidas tan importantes, que todo va a seguir prácticamente igual. Por eso hace falta que alguien las resuma.

En España tenemos un sistema de colegios de titularidad pública y de titularidad privada, dentro de estos últimos hay algunos que se acogen al sistema de conciertos garantizado por la Constitución. La red de colegios públicos y privados concertados cumple la obligación de los poderes públicos de garantizar el derecho de todos a la educación de acuerdo con el art. 27 CE. La LOE que se modifica preveía que la oferta educativa de las enseñanzas gratuitas tuviera en cuenta la “demanda social”. Si se suprime este apartado, las Administraciones educativas (las CCAA) no habrán de tener en cuenta dicha demanda social. ¿Qué criterio seguirán entonces? ¿Tendremos que estar a la ideología del partido que gobierne en cada momento cada CCAA para saber si un colegio mantiene el concierto?

Pero va mucho más allá. Se crean “áreas de influencia” sobre las que las CCAA programarán la oferta educativa, y en ellas y sólo en ellas, por primera vez en democracia, SÓLO se garantiza la existencia de plazas EN COLEGIOS PÚBLICOS, especialmente en las zonas de nueva población. ¿Qué pasa, que nuestro derecho a escolarizar a nuestros hijos de forma gratuita sólo se garantiza en un cole público? ¿Y sólo en mi zona de influencia? Quizá ni siquiera podamos elegir un cole público fuera de mi zona, puesto que ninguno de los criterios para asignar plazas puede suponer más del  30% de los puntos; ni hermanos o padres que trabajen en el colegio, ni otros miembros de la familia con discapacidad… Solo la proximidad del domicilio. Más aún: literalmente se dice que “las Administraciones educativas promoverán un incremento progresivo de los puestos escolares en la red de centros de titularidad pública”. En el caso de la educación obligatoria, si se incrementan las plazas en los públicos, se minoran en los privados. Blanco y en botella.

El tema de los colegios de educación especial. Ahora mismo los niños y no tan niños con necesidades educativas especiales tienen LIBERTAD para elegir entre un colegio ordinario o de educación especial. Se acabó. La LOMLOE consagra el principio de inclusión; a partir de ahora no decidirán los padres, que simplemente “serán oídos”, sino que se prevé que la Administración educativa sea la que resuelva la discrepancia, teniendo en cuenta “el interés superior del menos y la voluntad de las familias que muestren su preferencia por el régimen más inclusivo”. Los padres, oídos ¿No decidían ellos? Y su voluntad se considera solo si es pro inclusión. Sin mencionar la previsión de que los colegios de educación especial se conviertan en meros centros de referencia para los coles ordinarios de inclusión, salvo excepciones que tampoco se nos especifican. 

El artículo 27 de la Constitución garantiza a los niños el acceso a la educación; y a los padres el acceso a que sus hijos reciban una formación de acuerdo con sus propias convicciones. Con esta modificación tendremos menos libertad, no más. Y a cambio más adoctrinamiento ideológico. 

Podríamos seguir escribiendo líneas y líneas, decir por ejemplo que los colegios que separen a su alumnado por sexos – opción plenamente válida según el Tribunal Constitucional – no podrán ser concertados; que se podrá tener el título de Bachillerato  – no de la ESO, para trabajar o acceder a FP, sino ¡de Bachillerato! – habiendo suspendido alguna asignatura; que a partir de ahora en el Consejo Escolar de cada colegio habrá un representante del Ayuntamiento, como “comisario político”, porque otra cosa no sé qué hará; que los inspectores de educación ya no tendrán que pasar una prueba, sino una “valoración”; que los profesores tendrán menos autoridad, y tantos otros ejemplos…

Todo esto en pleno estado de alarma, en plena pandemia, tramitado con opacidad desde el primer momento, sin ni siquiera guardar las formas y escuchar a los sectores afectados, ni en el Congreso, introduciendo enmiendas importantísimas en Comisión. Y sin explicación ninguna.

Hoy no podemos callarnos. Stop a la Ley Celaa